La reforma de la legislación española sobre el contrato de seguros

FDER organizó un webinar a cargo del Dr. Juan Bataller Grau de la Universidad Politécnica de Valencia
La reforma de la legislación española sobre el contrato de seguros

En el marco de la edición 2021 del Postgrado Internacional en Derecho de Seguros, la Facultad de Derecho (FDER) de la Universidad de Montevideo organizó un webinar a cargo del Dr. Juan Bataller Grau, profesor de la Universidad de Valencia. El experto disertó acerca de la reforma de la legislación española sobre el contrato de seguros.  

El Dr. Bataller comenzó su conferencia brindando una visión acerca del estado de situación de dicha reforma y explicó que la norma española fundamental “sigue siendo la Ley de Contratos de Seguros, en la parte de contratación”. A continuación, habló de diferencias entre la Ley española y la uruguaya: “A diferencia de Uruguay, que he visto que la Ley general incluye los seguros agrarios, la Ley de Contratos de Seguros española no regula los seguros agrarios, ya que se cuenta con una legislación especial”. Y respecto al sistema financiero (banca, bolsa y seguros) en España, el Dr. Bataller explicó que la regulación sectorial se ocupa al menos de cuatro cuestiones: supervisión de las entidades, orden del mercado, contratación y protección del cliente.  

“No existe una regulación de Contrato de Seguros en toda la Unión Europea”  

El expositor contó que formó parte de un grupo que trabajó en el tema de contrato de seguros para toda la Unión Europea (UE). “Para esto debimos trabajar en una Europóliza, en donde publicamos una serie de principios europeos del contrato de seguros. Luego, surgió un grupo de expertos con la idea de generar un reglamento de contrato de seguro. No queríamos que hubiera un Derecho europeo que desplazara al Derecho nacional, sino que queríamos que coexistieran (…) Pero esto no salió”, comentó.  

Y continuó: “No existe una regulación de Contrato de Seguros en toda la Unión Europea (UE). La razón fundamental ha sido la oposición del mercado británico a que existiera una regulación armonizada en la UE, porque el mercado británico funciona regulatoriamente de una manera muy distinta a los demás países que estamos acostumbrados a una legislación. Cuando se opusieron ellos, creían que iban a perder competitividad. Ellos funcionan con el método del caso”. 

¿Y la Ley de consumidores?  

Respecto al sistema de doble protección en España, Ley de Contrato de Seguros vs. Ley de consumidores, el doctor afirmó que “se aplican las dos, en cuanto y tanto sea más beneficioso para el consumidor. La Ley de Contrato de Seguros establece un mínimo que se aplica a los consumidores y se les añade la protección de la Ley de consumidores”.  

Necesidad de adecuar la legislación a las nuevas tecnologías y las realidades consolidadas  

El experto puntualizó que existe una necesidad de adecuar la legislación a las nuevas tecnologías. Entre otros aspectos, se preguntó si tiene sentido la declaración del riesgo en las regulaciones; y si tiene sentido seguir sometiendo al cuestionario al asegurado y no incidir en la información que tiene el asegurador del asegurado. “Esa información es muy importante, ya que puede afectar al incremento de la prima o a su reducción, o incluso a que se llegue a la cobertura”, sentenció.  

En materia de los temas que habría que abordar dentro del Contrato de Seguros en España, el Dr. Bataller sostuvo que ya hay realidades consolidadas. Como ejemplo de estas, y para concluir su exposición, planteó el del reconocimiento de las pólizas multiriesgos, el seguro de daños por agua, ampliar la regulación de seguros con escasa regulación (seguro de caución, seguro de asistencia sanitaria, entre otros) y una regulación sistémica del seguro de grupo.  

Luego de su exposición, realizada el jueves 10 de junio, el Dr. Batalle abrió un espacio de preguntas para los participantes, en el que dialogaron acerca de la temática en Europa y Uruguay.  

Juan Bataller Grau es catedrático de Derecho Mercantil y director del área de Derecho de la Empresa en la Universidad Politécnica de Valencia. Ha impartido docencia en numerosos másteres tanto en España como en el extranjero y colabora asimismo en el Curso de Práctica Jurídica de los Colegios de Abogados de Alzira y Alcoi, así como en el Master Oficial de la Abogacía de la Universidad de Valencia. Actualmente es miembro del Observatorio de Derecho Civil de la Comunidad Valenciana, presidente del Grupo de Trabajo de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados de SEIDA, miembro fundador de la red de excelencia europea “Restatement of European Insurance Contract Law” y director del Máster en Administración Concursal de la Universidad Politécnica de Valencia.